El mito
Muchos emprendedores no saben cuánto demora el término de giro y postergan cerrar su empresa porque creen que es un trámite lento, que siempre toma varios meses sin excepción.
La realidad
Existen dos vías, y no ambas demoran igual:
- Procedimiento simplificado: disponible para empresas del régimen ProPyme General o Transparente. El SII tiene solo 1 mes para girar los impuestos correspondientes.
- Procedimiento general: aplica a todos los contribuyentes. El SII tiene hasta 6 meses, ampliable a 9 si aparecen nuevos antecedentes.
Además, existe un dato que casi nadie menciona: el “silencio positivo”. Si el SII no resuelve dentro de su plazo, el término de giro se certifica automáticamente a favor del contribuyente.
Por qué persiste este mito
La mayoría de los relatos sobre término de giro que circulan entre emprendedores son de casos con contabilidad atrasada o declaraciones pendientes, que sí demoran más porque primero hay que regularizar esa información. Pero no es la norma general: es la excepción para casos complejos.
Cuánto demora el término de giro según tu régimen
No es el trámite en sí, sino el estado de tu empresa: si tus declaraciones están al día y tu régimen califica para el procedimiento simplificado, puede resolverse en 1 mes. Si hay pendientes, el plazo se extiende porque primero hay que regularizar.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si califico para el procedimiento simplificado?
Debes ser una persona jurídica del régimen ProPyme General o Transparente, y presentar una declaración de responsabilidad solidaria en escritura pública.
¿Qué es el “silencio positivo”?
Es la certificación automática del término de giro a tu favor si el SII no emite el giro de impuestos dentro de su plazo legal.
¿Si tengo declaraciones pendientes, puedo igual optar al procedimiento simplificado?
Es más difícil: primero conviene regularizar esas declaraciones, ya que el SII necesita esa información para determinar los impuestos del cierre.
¿El plazo es el mismo para todas las empresas?
No, depende del régimen tributario y del estado de tus obligaciones. Revisa el detalle completo en nuestra guía de Término de Giro.
¿Cuánto demora el término de giro si tengo declaraciones pendientes?
Si tienes declaraciones pendientes, el plazo se extiende porque primero debes regularizarlas ante el SII. En ese caso no puedes optar al procedimiento simplificado de 1 mes: se aplica el procedimiento general, que puede tomar hasta 6 meses, ampliable a 9 si aparecen nuevos antecedentes.
Término de giro simplificado ProPyme: requisitos y plazo
Para optar al término de giro simplificado debes ser una persona jurídica del régimen ProPyme General o Transparente y presentar una declaración de responsabilidad solidaria en escritura pública. Cumpliendo estos requisitos, el SII tiene un plazo máximo de 1 mes para resolver, en vez de los hasta 6 meses del procedimiento general.
Dónde revisar la normativa oficial del término de giro
Si quieres profundizar en los plazos y requisitos legales, el Servicio de Impuestos Internos (SII) publica la normativa completa sobre el término de giro en su sitio oficial. Ahí se detalla la base legal del trámite, los documentos exigidos y los casos en que aplica el procedimiento simplificado o el general.
Revisar esa fuente es útil antes de iniciar el proceso, sobre todo si tu empresa tiene declaraciones pendientes o ha sido observada por el SII, porque esos antecedentes pueden extender el plazo del término de giro de 1 a varios meses. En Contadores HC recomendamos evaluar tu situación tributaria antes de presentar el trámite: revisar con anticipación es la forma más efectiva de evitar demoras innecesarias.
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